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SAT brinda facilidades para tributar en el RESICO

Foto del escritor: GPC ConsultoresGPC Consultores

__________________________________________________________________________________Resumen:


El Servicio de Administración Tributaria da a conocer facilidades a las personas que desean tributar en el  Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Además, quienes contribuyan en este régimen quedan  relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y solo deberán realizar pagos  mensuales.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 22 de enero, el Comunicado 04/2025, mediante el cual informa lo siguiente:


Las personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) quedan relevados de presentar la declaración anual por lo ingresos correspondientes, debiendo solo efectuar pagos mensuales. 


Por otro lado, se informa que las personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la  autoridad tributaria, resultando en un régimen distinto y cuyos ingresos del año inmediato anterior no  excedieron los 3.5 millones de pesos, podrán optar por reincorporarse al RESICO a partir del 1 de enero de  2025, mediante la presentación de un Aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31  de enero de 2025.


Además, el SAT señala que las personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades  silvícolas, que sean socios o accionistas de uniones de crédito, también pueden optar por tributar en el  RESICO. 


El régimen de RESICO personas físicas contempla a quienes tienen ingresos anuales menores a 3.5  millones de pesos y que realicen actividades en el sector primario, actividades empresariales, prestación de  servicios profesionales o perciban ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).


El RESICO busca facilitar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ofreciendo los siguientes beneficios:


• Cálculo automático de impuestos. 

• Facilidades administrativas. 

• Tasas mínimas del ISR.


En GPC contamos con un equipo de expertos que están listos para apoyarlos con cualquier duda al respecto.



C.P. Ismael Pérez 

Socio de Fiscal 

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 104


L.C. Jessica Avila

Asociada de Fiscal 

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 112


L.C. Ana García 

Asociada de Fiscal

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 116


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