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PRÓRROGA PARA LA ENTRADA EN VIGOR DEL COMPLEMENTO DE CARTA PORTE




Estimados clientes y amigos,


Les informamos que el día de ayer, 21 de septiembre, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer a través de su página de internet la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2021 y la Primera versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 en las cuales se prorroga la entrada en vigor de las disposiciones relacionadas con el cumplimiento del complemento de Carta Porte para quedar como sigue:


TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021

VERSIÓN ANTICIPADA


Se reforma el Transitorio Décimo Primero de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021, para quedar como sigue:


Décimo Primero. Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021.


Se entiende que cumplen con lo dispuesto en el párrafo anterior, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI al que se incorpore el complemento Carta Porte antes del 1 de enero de 2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.


La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF 2021.


NOVENA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2020.

PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA


En concordancia con la publicación anterior, también se dio a conocer la Primera versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, para establecer que la obligación de la declaración del folio fiscal, archivo digital o la representación del CFDI con el complemento “Carta Porte” entrará en vigor el día 01 de enero del 2022.

De esta forma se reforma el artículo transitorio primero, fracción I de la Séptima Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2020, publicada en el DOF el 11 de junio de 2021, para quedar como sigue:


“Primero.

I. Lo dispuesto en las reglas 2.4.11., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V en lo relativo al folio fiscal; 3.1.31, primer párrafo; 3.1.32., fracción VIII, y 3.1.33., fracción I, inciso g), entrará en vigor el 01 de enero de 2022.


Al tratarse de versiones anticipadas, estas resoluciones entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.


Como siempre los socios y asociados quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente.


En GPC CONSULTORES contamos con un equipo de expertos que los podrán apoyar ante cualquier duda o comentario sobre el contenido del presente.


Si necesita más información, no dude en ponerse en contacto con nuestros especialistas en Comercio Exterior.


L.C.E. Arcelia Pérez Rangel

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 102


L.N.I. Dacil González Rojas

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 106



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