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  • ayanez68

Acuerdo: Circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras.



El día de hoy 01 de Marzo de 2022 a través del DOF se da a conocer el acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras, con motivo de brindar y garantizar mayor certeza jurídica a los contribuyentes respecto del ejercicio de las atribuciones conferidas a la Agencia Nacional de Aduanas de México a través de su reglamento interior.


Cabe mencionar, que en dicho acuerdo se especifica la circunscripción territorial de la aduana número 50, la del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, la cual estará conformada de la siguiente forma:


El perímetro del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, ubicado en Santa Lucía, Municipio de Zumpango, los Municipios de Acolman, Apaxco, Atenco, Atizapán de Zaragoza, Axapusco, Chiconcuac, Coacalco de Berriozábal, Coyotepec, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huehuetoca, Hueypoxtla, Jaltenco, Jilotzingo, Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nextlalpan, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, San Martín de las Pirámides, Tecámac, Temascalapa, Teoloyucan, Teotihuacán, Tepetlixpa, Tepotzotlán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalnepantla de Baz, Tonanitla, Tultepec, Tultitlán y Zumpango, en el Estado de México; los Municipios de Apan, Emiliano Zapata, San Agustín Tlaxcala, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tizayuca, Tlanalapa, Tolcayuca, Villa de Tezontepec, Zapotlán de Juárez y Zempoala, en el Estado de Hidalgo; los Municipios de Amealco de Bonfil, Huimilpan, Pedro Escobedo, San Juan del Río y Tequisquiapan, en el Estado de Querétaro, y los Municipios de Calpulalpan, Españita, Nanacamilpa de Mariano Arista y Sanctorum de Lázaro Cárdenas, en el Estado de Tlaxcala.


Asimismo, se establece que cuando se creen entidades federativas, municipios o alcaldías o se cambie la denominación de los ya existentes, las referencias a los mismos en el presente acuerdo, antes de las reformas respectivas, se entenderán hechas a las nuevas entidades federativas, municipios o alcaldías o a las denominaciones recientes.


Cuando se modifique la extensión territorial de una entidad federativa, municipio o alcaldía política, los contribuyentes ubicados dentro de dicha extensión continuarán siendo competencia de la unidad administrativa a la que pertenecían territorialmente antes de la modificación. El presente acuerdo iniciará su vigencia el día 15 de marzo de 2022.


En GPC Consultores, un equipo de expertos están listo para apoyarlos con cualquier duda que tenga para darle cumplimiento a dicho acuerdo.



L.C.E. Arcelia Pérez Rangel

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 102


L.N.I. Dacil González Rojas

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 106


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