
_________________________________________________________________________________Resumen:
El Servicio de Administración Tributaria habilita la nueva plataforma para presentar las declaraciones informativas, a fin de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 29 de noviembre, el Comunicado 066/2024, mediante el cual informó lo siguiente:
A partir del 1 de diciembre de 2024, se habilitó la nueva plataforma “https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx” a través de la cual los contribuyentes deben presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), así como las siguientes declaraciones informativas:
• De operaciones relevantes (Forma 76).
• De las entidades extranjeras sujetas a regímenes fiscales preferentes (Forma 63)
• De empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE)
• De operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del consorcio petrolero (Forma 81).
Mediante dicha plataforma, la validación de la información se hace de forma automática, al enviar la declaración se obtiene de manera inmediata el acuse de recibo y para quienes tienen la modalidad “carga batch”, en caso de encontrar errores en la validación, se generará un archivo que les indica cuáles son los errores y en qué registros están.
La nueva plataforma funciona con los exploradores Edge, Firefox, Google y Safari, y para la firma ya no es necesario descargar e instalar el aplicativo Silver Light.
Asimismo, se creó una nueva opción denominada: Consulta de declaraciones informativas REFIPRES, DIEMSE, Consorcio Petrolero y Operaciones Relevantes, en la cual se consultan y descargan los acuses de recibido y declaraciones presentadas en la plataforma anterior.
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
La Declaración Informativa de Operaciones con terceros (DIOT) es una obligación prevista en el artículo 32, fracción VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) mediante la cual se informa al SAT la información correspondiente sobre el pago, retención y acreditamiento del impuesto al valor agregado (IVA) en las operaciones con sus proveedores (nacionales y extranjeros), de forma mensual (a más tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el periodo, o de manera semestral).
Respecto el nuevo aplicativo, se deberá iniciar sesión en la plataforma del SAT “https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx” mediante la e.firma o contraseña del contribuyente:

Respecto la captura de información de los terceros, al igual que en el programa anterior, el formulario es a detalle e individual para cada registro de los proveedores, por lo cual la captura se mantiene de forma similar.
Por otro lado, el aplicativo tiene la opción AGREGAR DESDE ARCHIVO para quienes opten por realizar “carga batch” para el llenado de la declaración. Es importante mencionar que se añadieron más campos de información por detallar sobre las operaciones con los proveedores, por lo cual la estructura de la “carga batch” cambia totalmente para esta nueva plataforma.
Las modificaciones respecto los campos, son las siguientes:




Es importante señalar que a partir de la DIOT correspondiente al mes de enero de 2025 ya será obligatoria su presentación mediante el nuevo aplicativo.
En GPC contamos con un equipo de expertos que están listos para apoyarlos con cualquier duda al respecto de este tema.
C.P. Ismael Pérez
Socio de Fiscal
Tel: 55-4333 01.51. Ext. 104
L.C. Jessica Avila
Asociada de Fiscal
Tel: 55-4333 01.51. Ext. 112
L.C. Ana García
Asociada de Fiscal
Tel: 55-4333 01.51. Ext. 116
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