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Resumen:
El pasado lunes 15 de octubre, en la edición vespertina del DOF, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024 y Anexos 1, 2, 5 y 24.
En dicha publicación se establecen cambios significativos en la administración y control del sistema aduanero de control de inventarios conforme al Anexo 24. Dicho sistema automatizado de control de inventarios para empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de empresas deberá cumplir con los siguientes lineamientos:
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El sistema deberá recibir de manera electrónica en un plazo máximo de 48 horas, la información del sistema de control de inventarios, Anexo 24 apartado A.
De manera obligatoria deberá obtenerse electrónicamente del sistema corporativo de la empresa.
El contribuyente deberá permitir el acceso en línea a la autoridad aduanera.
El sistema deberá dar cumplimiento con los requerimientos relativos al control de inventarios de las mercancías importadas temporalmente.
El sistema deberá contar con un instrumento de comprobación de retornos de mercancías importadas temporalmente y control de mercancías pendientes de retorno.
Deberá generar reportes que den cumplimiento a los requerimientos de información establecidos en la normatividad aduanera y de la propia autoridad.
Las empresas deberán reportar a la autoridad mediante escrito libre, la clave y contraseña para el acceso al sistema.
Se prevé que esta disposición entre en vigor el próximo 15 de noviembre, por lo que les invitamos a tomar las previsiones necesarias para hacer frente a estas modificaciones. Como siempre quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario sobre la presentación de este reporte.
L.C.E. Arcelia Pérez Rangel
Comercio Exterior y Aduanas
Tel: 5537080448
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