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Excepciones de aplicación de NOM-004-SCFI-2006, etiquetado de productos textiles

Estimados clientes y amigos:


El 4 de noviembre del presente año, la Dirección General de Normas y la

Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior publicó el

Oficio No.414.2020.2930 referente a la aplicación de la NOM-004-SCFI-2006

“información comercial-etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus

accesorios y ropa de casa” con el motivo de señalar si la mercancía que se

importe como insumo está sujeta a demostrar el cumplimiento de la presente

NOM.


El campo de aplicación de la NOM-004-SCFI-2006 es establecer la información

comercial que los fabricantes, confeccionistas nacionales e importadores, deben

incorporar en los textiles, ropa de casa, en las prendas de vestir y sus accesorios

que se comercialicen dentro del territorio mexicano.

El etiquetado de los textiles, prendas de vestir y ropa de casa, comprende cuatro

rubros importantes:


1) La información del fabricante y/o importador

2) La composición de fibras (descripción de insumos)

3) Las instrucciones de cuidado (conservación y limpieza)

4) Las tallas de las prendas y dimensiones o medidas en la ropa de casa y

textiles.


Definiendo a los Insumos como la materia prima susceptible de ser utilizada en la

fabricación o confección de textiles, ropa de casa, prendas de vestir y sus

accesorios como los hilos y/o filamentos, que se pueden utilizar para

transformarse como producto final. Excluyendo aquellas que se incorporen al

producto y que no sean elaboradas a base de textiles para efectos funcionales,

tales como botones, cierres, broches, etc.

En este sentido la Dirección General de Normas interpreta que las mercancías que

ingresen al país como insumos, correspondientes a la materia prima, incluidos los

hilos y/o filamentos que se empleen para la fabricación o confección de los

textiles, ropa de casa, las prendas de vestir y sus accesorios, no están sujetos al

cumplimiento de la NOM-004-SCFI-2006 al momento de su importación a

México.


En GPC Consultores estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario que

tenga al respecto.


L.C.E. Arcelia Pérez Rangel

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 102

L.N.I. Dacil González Rojas

Comercio Exterior y Aduanas

Tel: 55-4333 01.51. Ext. 106




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