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Subcontratación: Ampliación de plazo para cumplimiento de obligaciones

A nuestros clientes y amigos:


El pasado 31 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman los Artículos Transitorios Primero, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral", publicado el 23 de abril de 2021.


A través de este decreto se reforman los artículos transitorios mencionados, ampliando el plazo para cumplir con las obligaciones en materia de subcontratación, teniendo como nueva fecha el día 01 de septiembre de 2021.


Lo anterior pone fecha cierta al Acuerdo dictado por el H. Consejo Técnico del IMSS en su sesión ordinaria del pasado 23 de julio en el cual ampliaba los plazos establecidos en el Decreto de reforma a la Subcontratación relativos al IMSS, para: i) dar de baja los registros patronales por clase, ii) las personas físicas o morales que presten servicios especializados proporcionen los avisos cuatrimestrales de subcontratación especializados, a cargo de los contratistas, y iii) se considere como sustitución patronal la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino de los subordinados reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad de estos y los riesgos de trabajo terminados, ante las instancias legales correspondientes, en tanto el Congreso de la Unión los extendería con el Decreto correspondiente.


Como siempre, los Socios y Asociados de GPC Consultores estamos a sus órdenes para cualquier aclaración o comentario sobre el contenido de la presente publicación.


L.C. y M.A.C. Daniel Eduardo Castillo Jiménez

Contraloría Externa y Nóminas.

dcastillo@gpcasociados.com

Tel: 55-4333-0151 Ext. 118.


L.A.E. Martha Elena Santiago Zeferino

Nóminas y Seguridad Social.

msantiago@gpcasociados.com

Tel: 55-4333-0151 Ext. 116.

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