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Resumen:
Las prestadoras de servicios especializados u obras especializadas están obligadas a renovar su registro ante la STPS.
La renovación será con tres meses de anticipación a su vencimiento según el calendario publicado.
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El pasado 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que modifica el acuerdo que establece las Disposiciones de Carácter General para el registro de personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas mencionadas en el Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Según la Ley Federal del Trabajo, las personas físicas o morales inscritas en el Padrón deben renovar su registro cada tres años, comenzando desde su inscripción inicial sin importar que se hayan realizado modificaciones o actualizaciones al mismo y la solicitud de renovación debe realizarse con tres meses de anticipación a la fecha de vencimiento del registro.
Para poder llevar a cabo la renovación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha publicado el procedimiento para la renovación de los avisos expedidos a las Prestadoras de Servicios Especializados o Ejecutoras de Obras Especializadas y se deberá llevar a cabo de acuerdo con la vigencia de su aviso de registro, según el siguiente calendario:
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