
El día de hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a varios artículos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a partir de la cual se considera la celebración de asambleas y toma de decisiones mediante el uso de medios electrónicos u ópticos, siempre que se cumplan algunas condiciones, como la acreditación de la identidad de los participantes y la validez de las resoluciones tomadas mediante esta vía.
De igual forma se establecen requisitos para la publicación de convocatorias y la firma de actas de las asambleas generales de accionistas.
Estas reformas entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir el día 21 de octubre, salvo la modificación al artículo 81, la cual entrará en vigor en un plazo de seis meses contados a partir de su publicación.
Estas reformas tienen como objetivo modernizar, facilitar y flexibilizar la operación de los órganos de control de las sociedades mercantiles, adaptando los procesos al uso de las tecnologías de la información.
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L.C.C. y M.A.C. Daniel Eduardo Castillo Jiménez
Socio Contraloría Externa y Nóminas y Seguridad Social
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